lunes, agosto 24, 2009

SILENCIO E IMPUNIDAD ANTE LOS FEMINICIDIOS EN EDOMEX



En 4 años, 672 feminicidios en el Edomex; impunes 89% de casos, según la Codhem
Mariana Norandi. La Jornada. 23 de agosto, 2009

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) denunció que en esa entidad, en lo que va de la presente administración, han sido asesinadas 672 mujeres y 89 por ciento de esos casos no han sido esclarecidos. Según la Procuraduría General de Justicia del Estado, en ese mismo periodo (septiembre de 2005-agosto de 2009) han sido ultimadas 500 mujeres, 95 de ellas este año.

Ángeles López García, presidenta del Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, una de las organizaciones que integran el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidios (OCNF), señaló que la diferencia en el número de casos que denuncia la Codhem y los que asegura la procuraduría de Justicia radica en que ésta maneja otros parámetros para calificar de feminicidio un asesinato; sin embargo, la abogada aseguró que los 672 casos están documentados y las escenas de los crímenes así lo demuestran. Según informó Católicas por el Derechos a Decidir, organización que forma parte del Observatorio, las edades de las mujeres asesinadas va de los 11 a los 40 años; los municipios que registran más feminicidios son Tlalnepantla, Ecatepec, Naucalpan, Nezahualcóyotl y Chalco. La mayoría de las mujeres eran amas de casa o estudiantes, sus decesos se produjeron principalmente por disparos de arma de fuego, golpes en la cabeza, heridas con objetos punzocortantes o estrangulamiento. Los cuerpos suelen aparecer tanto en la vía pública como en casas. Si bien en otras entidades, con excepción de Chihuahua, la cifra no es tan alarmante, en todos los estados de la República cada año ocurren un promedio de entre 31 y 39 feminicidios, explicó López García.

Esta semana, la Asamblea Legislativa del Distrito Federa aprobó en las comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Atención a Grupos Vulnerables, modificar el artículo 138, fracción cuarta, del Código Penal del Distrito Federal, para tipificar los crímenes de odio en reglas comunes para delitos de homicidio y lesiones. No obstante, representantes de dicho observatorio consideran que si bien esa medida significa un avance, no es suficiente, y el feminicidio debe ser tipificado como delito específico, como el robo, el secuestro o la trata de personas.

Ese cambio no es la tipificación del homicidio en los términos que varias organizaciones proponemos; sin embargo, es un precedente importante para que en otros estados se tomen medidas parecidas, y es un avance, pues, en años recientes hemos documentado asesinatos contra mujeres que los calificamos de crímenes de odio afirmó López García. Reconoció que el concepto de feminicidio forma parte de todo un debate en América Latina y no es fácil introducirlo en el ámbito judicial. Sin embargo, al analizar la escena del crimen, surgen elementos que demuestran que la víctima fue ultimada por cuestiones de género.

“El feminicidio nació como categoría social y política por el movimiento feminista para evidenciar la violencia contra las mujeres hasta el homicidio. Si bien pasar esa categoría al mundo penal implica una discusión técnica legislativa, lo cierto es que la escena del crimen del feminicidio no es la de un accidente de tráfico, sino construida, donde las mujeres aparecen asesinadas con crueldad, violadas, atadas de pies y manos, mutiladas y tiradas a la vía pública”.

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